Algunas medidas contra la corrupción en el Poder Judicial

La corrupción en el sistema judicial es el resultado de varios factores estructurales y complejos, entre los que destacan, la dependencia política y en especial la dependencia económica, que permite a los políticos poderosos imponer su voluntad a través de fallos judiciales dictados por quienes les deben el favor de haber sido sus elegidos, como fue por ejemplo la declaración del derecho humano de Evo Morales a la reelección indefinida por encima de la voluntad de millones de bolivianos que se manifestaron en contra. La dependencia económica se presenta a partir de las dádivas que los económicamente poderosos ofrecen a muchos operadores de justicia para favorecer sus intereses personales.

La corrupción basada en la dependencia política, es de doble vía, la primera vía es aquella que surge de la lealtad de elegido respecto de su elector, que permite al que tiene el poder de presionar, intimidar o lo que comúnmente se llama “pedir favores” respecto de cualquier cuestión jurisdiccional, sea esta de carácter personal o institucional. La segunda vía es la corrupción del elegido en cualquier asunto jurisdiccional a su cargo, amparado en la protección y la “devolución de favores” que tiene o imagina tener el elegido respecto de su elector.

La corrupción no solamente está asociada a algunos jueces y fiscales, sino también a muchos de los que intervienen en un proceso judicial, tales como: auxiliares, secretarios, notificadores, policías, peritos, abogados, etc.

La corrupción tampoco se presenta únicamente en los fallos injustos y escandalosos, si no en esos otros elementos que pervierten los procesos judiciales, como las informaciones falsas, las notificaciones anómalas, los actuados irregulares, la pérdida o contaminación de pruebas, la retardación de actuados, etc.

La formación de consorcios de jueces, fiscales, abogados, policías y otros operadores muestran el grado de corrupción al que ha llegado la justicia boliviana. La lucha contra la corrupción, además de estar basada en el principio de cero tolerancia a la corrupción, tiene que incorporar medidas normativas y tecnológicas que impidan la corrupción en todos los actuados y procedimientos de los operadores de justicia.

Por ello, planteamos algunas medidas para mejorar la transparencia en el poder judicial:

Los jueces, fiscales, peritos, investigadores, policías, personal de apoyo y todo funcionario del Poder Judicial no podrán reunirse en privado con las partes, ni con sus abogados patrocinantes, ni dentro ni fuera de los juzgados u oficinas, solamente podrán hacerlo en las audiencias públicas dentro del juicio o en los actuados públicos y siempre con la presencia de las dos partes en conflicto. Esta prohibición estará vigente todo el tiempo que dure un proceso judicial, es decir la prohibición comenzará el momento en que se inicie el proceso judicial, hasta que el juicio haya concluido en su totalidad e incluso se puede estudiar se prolongue en el tiempo por unos tres o 6 meses después de concluido el proceso.

El Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo podrán reunirse con los miembros del Poder Judicial en cumbres entre los presidentes de cada poder estatal o en cumbres ampliadas, sean en forma separada o conjunta. Estas reuniones serán de manera pública y con agendas previamente consensuadas, de manera que ningún ministro o diputado o senador o cualquier otro miembro de los poderes estatales pueda reunirse con ningún funcionario del Poder Judicial.

Urge la implementación de tecnología de control y fiscalización de jueces, fiscales, auxiliares, secretarios, notificadores, investigadores, peritos, etc., en el cumplimiento de sus funciones, eso implica el uso de cámaras de video, juicios abiertos para que todos los ciudadanos que deseen hacer seguimiento a las causas judiciales no tengan ningún impedimento y otros que la tecnología vaya desarrollando.

Parte de la lucha contra la corrupción también deben ser las sanciones a quienes contaminen la función judicial, por ello, los jueces y fiscales que cometan hechos delictivos o faltas gravísimas y que tengan sentencias ejecutoriadas, no solamente tienen que ser destituidos del Poder Judicial, sino que deben perder su título profesional, para evitar que puedan continuar en la profesión libre contaminando la función judicial.

Gustavo Blacutt Alcalá es abogado.


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